BASES LEGALES DE PARTICIPACIÓN EN LA SÚPER SEMANA BdB

BASES LEGALES SÚPER SEMANA BdB

  1. EMPRESA ORGANIZADORA DEL SORTEO DE LA SÚPER SEMANA BdB

La Empresa Indamat Gestión, S.L., con domicilio social en Carrer Zéfir, 7, 46119 Nàquera, Valencia y número identificativo B96014451, en adelante el Organizador, organiza con fines promocionales el sorteo de ámbito nacional, a desarrollar a través de Internet con los datos obtenidos en la página web www.supersemanabdb.com, exclusivo para usuarios residentes en España de acuerdo con lo dispuesto en las siguientes bases.

  1. FINALIDAD DEL SORTEO

El sorteo es una actividad promocional del Grupo BdB realizada por el Organizador bajo la modalidad de sorteo que tiene como finalidad promocionar la venta en los establecimientos BdB adheridos a la campaña “Super Semana BdB” que se inicia el día 2 de junio de 2025 y finaliza el día 8 de junio de 2025.

  1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y MECÁNICA DEL SORTEO

Podrán participar aquellas personas físicas que residan en España y sean mayores de 18 años y aquellas personas jurídicas con domicilio social en España que compren productos en los almacenes asociados a BdB  adheridos a la campaña Super Semana BdB durante los días de la Campaña, del 2 al 8 de junio de 2025, ambos inclusive.

El Sorteo se desarrollará a través de internet, en concreto a través de la página www.supersemanabdb.com,  en la que los participantes deberán cumplimentar el formulario de inscripción al sorteo, adjuntando el comprobante de compra (ticket nominativo, albarán o factura). Los datos con los que los participantes rellenen el formulario de inscripción deberán ser datos veraces y coincidir con los que aparezcan en el comprobante de compra del establecimiento que les da derecho a la participación en el sorteo.

Los Participantes sólo podrán inscribirse una vez por cada compra realizada en la presente Campaña.

No se admitirán comprobantes de compra de almacenes asociados a BdB que no estén adheridos a la Súper Semana BdB o con fecha de compra no comprendida entre el 2 y el 8 de junio. Tampoco se admitirán comprobantes de compra no legibles.

No se admitirán participaciones que no coincidan los datos del comprobante de compra con los datos solicitados en el formulario. Serán automáticamente descalificadas las participaciones que incluyan documentos de venta no nominativos (deben estar a nombre de una persona física o empresa).

El plazo para cumplimentar el formulario finaliza el día 25 de junio de 2025 a las 23:59 h. El sorteo se realizará el día 30 de junio de 2025, tras la finalización de la campaña Súper Semana BdB y el plazo de participación. Pasada la fecha, el organizador se reserva el derecho a descalificar las nuevas inscripciones al sorteo. Se le comunicará al ganador por correo electrónico.

La mecánica del sorteo consiste en el reparto al azar de los premios entre los participantes que hayan proporcionado los datos solicitados mediante el formulario de participación de la web supersemanabdb.com.

La participación en el Sorteo supone la aceptación incondicional y el respeto de lo dispuesto en las presentes Bases Legales.

  1. CRITERIOS DE DETERMINACIÓN DE LOS GANADORES Y PREMIOS

Los  premios son:

  • MOTO ELÉCTRICA (1 unidad)
  • SMARTPHONE (3 unidades)
  • PATINETE ELÉCTRICO (3 unidades)
  • TALADRO (3 unidades)
  • TARJETA REGALO BdB DE 50 EUROS (10 unidades)

De entre todos los participantes, se elegirá 1 ganador y 2 suplentes por cada premio a través de un sorteo aleatorio después de la fecha del fin de la campaña. Cada participante tendrá un número asignado. El sorteo se llevará a cabo a través de un sistema que genere numeraciones aleatorias desde la lista de participantes introducida, proporcionando así en las primeras posiciones de los números aleatorios a los ganadores. Se contactará al ganador mediante correo electrónico introducido en el formulario, donde se le pedirán los datos fiscales y se le darán las instrucciones a seguir para recibir el premio. La recepción del premio está supeditada a que el ganador siga las instrucciones proporcionadas, acudiendo al punto de venta donde compró para recogerlo.

El organizador comprobará la validez de la documentación adjuntada en el formulario, asegurándose de que la compra es veraz y de que el ganador está al corriente de pagos con la tienda en la que hizo su compra y de la cual adjuntó documentación para la participación en el sorteo y en el caso de que la documentación no sea veraz o de que no esté al corriente de pagos, el premio se declarará desierto o se asignará a otro ganador.

Para poder recibir el premio, el ganador deberá haber comprado durante las fechas de la campaña y haberse identificado correctamente mediante el formulario de inscripción de la web www.supersemanabdb.com. El plazo de entrega del premio queda sujeto a los plazos que proporcione el proveedor de los premios y las agencias de transporte.

El ganador deberá facilitar al organizador los datos que requiera el organizador durante el plazo de 15 días a contar desde la fecha en la que se le comunique la condición de ganador. En caso de que en el plazo estipulado no se produjese tal contacto se procederá a declarar el sorteo de dicho premio desierto o asignar otro ganador, según el orden de suplencia.

El premio se enviará al punto de venta donde se haya efectuado la compra durante la Campaña. El punto de venta se hará cargo de realizar una fotografía del premio con el ganador o sin éste, y enviarla al organizador  para su posterior difusión. El premio deberá recogerse en la fecha en que el organizador  indique en sus instrucciones. De no recoger el premio en esa fecha el organizador  se reserva el derecho de declarar el sorteo desierto o asignar otro ganador, según el orden de suplencia.

La celebración del sorteo, así como la concesión de los premios quedan sujetos a la normativa fiscal vigente.

  1. LIMITACIONES

Si se evidenciase que cualquiera de los participantes no cumple con los requisitos exigidos en las Bases, o los datos proporcionados para participar no fueran válidos, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos del Sorteo, perdiendo todo derecho sobre los premios otorgados en virtud de este Sorteo.

No podrán participar en el Sorteo las siguientes personas:

(a) Los trabajadores por cuenta ajena empleados en cualquiera de las sociedades y otras entidades con personalidad jurídica vinculadas al Organizador o cualquiera de las sociedades de los almacenes Asociados a BdB y adheridos a la campaña Súper Semana BdB.

(b) Las personas físicas que participen directa o indirectamente en el capital del organizador o de cualquiera de las sociedades de los almacenes Asociados a BdB y adheridos a la campaña Súper Semana BdB.

(c) Cualquier otra persona física que haya participado directa o indirectamente en la organización de este Sorteo o haya estado involucrado directa o indirectamente en su preparación o desarrollo (agencia, proveedores, etc.).

El premio no será transferible ni susceptible de cambios, alteraciones o compensaciones a petición de los Participantes, no pudiendo ser canjeado por cualquier otro producto ni por dinero.

El Organizador se reserva el derecho, si concurre justa causa y previa comunicación en legal forma, de efectuar cualquier cambio, suspender o ampliar esta Campaña.

De conformidad con el Artículo 75.2.c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, sorteos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o servicios, están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, la retención o ingreso a cuenta a aplicar sobre los premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 19% sobre la base de retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la cantidad a entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la entrega de bienes o servicios, su valor o el coste que hayan tenido para el Organizador incrementado en un 20%.

Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, el Organizador se compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que el ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en la legislación aplicable.

Correrán a cuenta y cargo del ganador cualquier otro gasto derivado de la promoción que no esté expresamente asumido por el organizador en las presentes Bases Legales.

Se establece un plazo de QUINCE (15) días naturales desde la fecha de entrega del premio, para efectuar cualquier reclamación motivada. El organizador se reserva, en caso de obligada necesidad, el derecho de sustituir el premio por otro de similares características.

 

  1. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

A título enunciativo, pero no limitativo, el organizador no se responsabiliza de las posibles pérdidas, robos, retrasos o cualquiera otra circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo de la presente Campaña, así como tampoco se  responsabiliza del uso que haga el participante respecto del premio que obtenga de esta Campaña, y no asume responsabilidad alguna por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieren sufrir los participantes, ganador o terceros.

El organizador no asume la responsabilidad en casos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran impedir la realización de la Campaña o el disfrute total o parcial del premio. En caso de que esta Campaña no pudiera realizarse, bien por fraudes detectados en la misma, errores técnicos, o cualquier otro motivo que no esté bajo el control del organizador y que afecte al normal desarrollo del Sorteo, el organizador se reserva  el derecho a cancelar, modificar, o suspender la misma, incluyendo la página web de participación.

 

  1. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

La empresa responsable del procesamiento y almacenamiento de tus datos es INDAMAT GESTIÓN S.L. con sede social en C/CÉFIRO 7, NÁQUERA (VALENCIA) y CIF B96014451. Indamat Gestión, S.L. será responsable del uso de tus datos, con los fines indicados en el presente condicionado.

INDAMAT GESTIÓN S.L. se toma muy en serio la protección de tu privacidad y de tus datos personales. Por lo tanto, tu información personal se conserva de forma segura y se trata con el máximo cuidado.

Te informamos de que tus datos personales de contacto serán utilizados para las siguientes finalidades:

De conformidad con lo establecido en la normativa aplicable en materia de protección de datos, y concretamente en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, cada Participante, con la aceptación de estas Bases Legales consiente que los datos personales facilitados para la participación en este concurso sean incorporados a un fichero titularidad de Indamat Gestión, S.L para tramitar la participación en el concurso y para comunicarle el premio en caso de que resultase Ganador.

Los datos de los ganadores del sorteo serán facilitados a los almacenes donde estos ganadores hayan realizado sus compras para poder gestionar la entrega de los premios.

Tus datos serán incorporados a un fichero con el fin de mantenerte informado sobre las novedades de los almacenes BdB y futuras campañas promocionales.

Los Participantes garantizan que los datos personales facilitados son veraces y se hacen responsables de comunicar a Indamat Gestión, S.L, cualquier modificación de los mismos. Indamat Gestión, S.L se reserva el derecho a excluir de la presente promoción a todo Participante que haya facilitado datos falsos. Se recomienda tener la máxima diligencia en materia de Protección de Datos mediante la utilización de herramientas de seguridad, no pudiéndose responsabilizar a Indamat Gestión, S.L de sustracciones, modificaciones o pérdidas de datos ilícitas.

Los Participantes tienen derecho a (i) acceder a sus datos personales, así como a (ii) solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión, (iii) solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, (iv) oponerse al tratamiento de sus datos y (v) solicitar su portabilidad. Los Participantes pueden ejercer todos estos derechos en la siguiente dirección de email rgpd@indamat.es indicando el motivo de su petición.

Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial, el Participante tendrá derecho a presentar una reclamación ante una Autoridad de Control, en particular en el Estado miembro en el que tenga su residencia habitual, lugar de trabajo o lugar de la supuesta infracción, en caso de que considere que el tratamiento de sus datos personales no es adecuado a la normativa, así como en el caso de no ver satisfecho el ejercicio de sus derechos.

La Autoridad de Control ante la que se haya presentado la reclamación informará al reclamante sobre el curso y el resultado de la reclamación.

Para más información, puedes consultar la política de privacidad de Indamat Gestión, S.L a través del siguiente enlace: link.

 

  1. CAMBIOS

El organizador se reserva el derecho de modificar o ampliar estas bases promocionales, en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los participantes en la Campaña.

 

  1. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Estas bases legales se regirán de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad del Participante.

 

 

 

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